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Concurso “Fondos de Respuesta”

  • miércoles, 7 de mayo de 2014
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  • La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), con la colaboración de Fundación Ciudad y el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), llaman a concurso para la presentación de propuestas para acceder al fondo “Fondo de Respuesta para el Monitoreo Social del Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo”, que se lleva a cabo en el marco del Programa Monitoreo Social del Saneamiento de la Cuenca Matanza – Riachuelo: fortaleciendo la voz y la acción local, que cuenta con el financiamiento de la Unión Europea.



    Objetivos del Certamen

    1. Promover la participación de los actores sociales en el proceso de saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo.
    2 Dar visibilidad a las problemáticas socioambientales de la cuenca Matanza – Riachuelo a partir de la acción y el involucramiento de los actores locales.
    3. Promover y difundir la necesidad de desarrollar acciones destinadas a lograr el monitoreo social de la Cuenca Matanza-Riachuelo.


    Bases y Condiciones:
    1) Podrán presentar propuestas para acceder a los Fondos previsto en la presente convocatoria: las personas físicas mayores de 16 años, residentes en las localidades que integran la cuenca, como así también las asociaciones de cualquier tipo, escuelas, institutos, iglesias, sociedades de fomento, y/o cualquier otra entidad sin fines de lucro con domicilio en la cuenca Matanza Riachuelo.

    2) El objeto del concurso es fortalecer la capacidad de los actores sociales en las acciones de monitoreo del saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo, por medio de la adquisición de los bienes materiales y/o contratación de /estudios técnicos destinados a fortalecer las acciones de monitoreo de la situación ambiental de la cuenca Matanza Riachuelo. Los Fondos que se otorguen a las propuestas que resulten ganadoras del presente concurso podrán ser destinados a:
    a.- Adquisición de cámaras fotográficas, teléfonos celulares con sistema de carga de tarjeta, laptops o tabletas informáticas para la captura de imágenes, videos y uso de la plataforma informática http://quepasariachuelo.org.ar/
    b- Contratación de un servicio de laboratorio, consultoría o servicios técnicos destinados a sustentar acciones de monitoreo.
    c- Otras propuestas destinadas a fortalecer acciones de monitoreo.

    3) El fondo de respuesta no cubrirá honorarios y/o salarios de los proponentes del proyecto o del  personal bajo su dependencia, ni gastos de movilidad.

    4) La adquisición de bienes materiales o estudios técnicos realizados con motivo de esta iniciativa, deberán ser destinados a nutrir la acción de monitoreo de los vecinos en el marco del Programa Monitoreo Social del Saneamiento de la Cuenca Matanza – Riachuelo: fortaleciendo la voz y la acción local, formando parte sus resultados del material y/o alertas vinculados con la plataforma informática http://quepasariachuelo.org.ar/

    5) Se apoyarán propuestas de hasta diez mil pesos argentinos ($10.000), pudiendo los proponentes presentar más de una propuesta.

    6) Para participar de esta convocatoria, los interesados deberán  enviar el formulario que se adjunta a la sede de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN): Tucumán 255 6º A, C.A.B.A., Código Postal 1049, en un sobre cerrado e identificado como “Propuesta: Fondos de Respuesta Monitoreo Social del Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo” o bien, a la casilla de correo electrónico monitoreoriachuelo@farn.org.ar, debiendo detallar los datos del proponente, la acción de monitoreo propuesta y los materiales necesarios para su desarrollo, indicando su costo.

    7) Criterios de evaluación. El comité evaluador integrado por las organizaciones socias del Programa tendrá en cuenta: A) La pertinencia de la acción propuesta, en relación con los objetivos de la convocatoria. B) la adecuación de los medios propuestos en relación con el objetivo  a cumplir; C) la capacidad del proponente para la realización de los productos que alerten a la sociedad y a las autoridades sobre la situación en el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo.

    8) La presente convocatoria se inicia el día 7 de mayo de 2014. El plazo de presentación de los formularios vence el 6 de junio de 2014, sin excepción.
    Las propuestas ganadoras se darán a conocer el 16 de junio de 2014 en las páginas web de los organizadores, siendo notificados sus proponentes  telefónicamente. Los importes  para la compra de bienes materiales y/o contratación de  servicios técnicos, destinados a la realización de sus  propuestas, deberán retirarse en la sede de FARN dentro de los cinco días hábiles de notificados. Una vez retirado dicho importe, los proponentes deberán presentar como fecha límite, el 29 de agosto de 2014, un informe descriptivo de la acción desarrollada para ser incorporada en la plataforma informática http://quepasariachuelo.org.ar/, acompañando la factura que acredite la compra de los bienes materiales y/o acreditación de la contratación de estudio técnico

    En caso de no cumplir con las condiciones fijadas en las bases de condiciones, los proponentes que hayan percibido las sumas solicitadas en sus propuestas, se harán pasibles a las acciones legales que correspondan.

    9) Los organizadores tienen el derecho a cancelar y/o modificar, parcial o totalmente, las bases de esta convocatoria, sin que ello genere derecho a reclamo por parte de los participantes.

    10) Los organizadores no serán responsables por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los participantes y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en esta convocatoria y/o durante el retiro de los importes necesarios para la realización de las propuestas seleccionadas.

    11) Los participantes autorizan a los organizadores a difundir sus nombres, voces e imágenes, y a publicar los productos realizados en ocasión de utilizar los bienes materiales y/o estudios contratados,  en los medios y formas que los organizadores dispongan, sin derecho de compensación alguna, respetando el derecho moral de los autores.

    12) La sola presentación en esta convocatoria implica: El conocimiento del presente reglamento y su aceptación; la declaración jurada de que el producto realizado mediante el bien material adquirido, en su caso, pertenezca a su autoría, originalidad y titularidad y, que las condiciones en la contratación del servicio técnico prestado queda bajo su responsabilidad, resultando de esto el compromiso de mantener indemne a los organizadores en relación a cualquier reclamo judicial y/o extrajudicial que pudieren hacer terceras personas por la autoría u originalidad del producto remitido para nutrir la plataforma virtual http://quepasariachuelo.org.ar/

    13) Cualquier cuestión relacionada con la interpretación de estas bases será dirimida por los organizadores, exclusivamente, y sus decisiones serán inapelables.

    14)  Para cualquier cuestión judicial y/o extrajudicial que pudiera derivarse de este certamen, los organizadores y los participantes se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial, correspondientes a la ciudad de Buenos Aires.


    DESCARGAR EL FORMULARIO EN EL SIGUIENTE LINK

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