Fuente: ARG Noticias
La Legislatura porteña aprobó por unanimidad una ley por la
cual el Gobierno de la Ciudad se compromete a darles una solución habitacional
a más de 1300 familias que viven en el Camino de Sirga. La iniciativa prevé su
relocalización en cinco predios destinados para la construcción de nuevos
complejos habitacionales. "El acceso a la vivienda digna es una tarea que
requiere la búsqueda permanente del consenso", finalizó.
El vicepresidente 1º del cuerpo, Cristian Ritondo, destacó
que "esta iniciativa fue elaborada pensando siempre en la mejora de la
calidad de vida de los habitantes del Camino de Sirga, ya que garantiza la
recomposición del ambiente en la cuenca en todos sus componentes, ya sea agua,
aire y suelos, así como la prevención de daños con suficiente y razonable grado
de predicción".
También señaló "debe destacarse que la localización de
todos estos predios cuentan con la aprobación de las familias que desean
relocalizarse en cercanías de los lugares que actualmente habitan, tal como
consta en las actas de las mesas de trabajo que periódicamente realiza el
Instituto de la Vivienda para mantener informados a los vecinos del proceso de
relocalizaciones".
En tanto, la diputada Karina Spalla afirmó que "este es
un avance muy importante para estas 1300 familias de la Villa 21-24, que hoy
viven en condiciones de emergencia habitacional, sanitaria y social, de acceder
a su casa propia en condiciones dignas y sin ser desarraigadas de su barrio,
señaló la Presidenta de la Comisión de Planeamiento Urbano y agregó que
"fueron ellos mismos quienes trabajaron junto al gobierno de la Ciudad,
eligiendo los terrenos donde ir a vivir".
barracas.jpg
El proyecto se enmarca en lo dictaminado por la Corte
Suprema de Justicia en la Causa Mendoza y el Plan Integral de Saneamiento
Ambiental que contempla la urbanización de villas y asentamientos precarios.
Desde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informaron que "se
comprometieron a disponer de tierras fiscales y/o gestionar los acuerdos y/o
financiamiento para la adquisición de predios para la urbanización de villas o
asentamientos y/o casos de relocalización total o parcial de población
existente en las mismas condiciones de alto riesgo ambiental".


